SASPAS-Hipatia
- Acerca de
- Estatutos
- Estatutos de Hipatia-SASPAS
- Capítulo I. Disposiciones generales
- Capítulo II. Objeto de la Asociación
- Capítulo III. De los órganos de gobierno y forma de administración
- Capítulo IV. De los socios
- Capítulo V. Administración, contabilidad, patrimonio y recursos económicos
- Capítulo VI. Disolución de la sociedad
- Capítulo VII. Otras disposiciones
- Estatutos de Hipatia-SASPAS
- Junta Directiva
- Asambleas
- Socios
- Manifiesto SASPAS
- Debate sobre la crisis
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Capítulo V. Administración, contabilidad, patrimonio y recursos económicos
Art. 10º. Administración, contabilidad y documentación.
El ejercicio económico coincidirá con el año natural, comenzando el 1 de enero y finalizando el 31 de diciembre de cada año.
Anualmente, la Junta Directiva confeccionará el Presupuesto que será aprobado en Asamblea General. Con la aprobación del Presupuesto quedarán aprobadas las cuotas ordinarias de socios para el ejercicio correspondiente.
La aprobación de cuotas extraordinarias corresponderá también a la Asamblea General.
La Asamblea General aprobará anualmente las cuentas de la Asociación, una vez finalizado el ejercicio presupuestario correspondiente.
La Junta Directiva llevará los correspondientes libros de contabilidad que permitan obtener una imagen fiel del patrimonio, el resultado y la situación financiera de la Asociación.
Art. 11º. Patrimonio y recursos económicos
Hipatia-SASPAS es una entidad sin ánimo de lucro y carente de patrimonio fundacional.
Los recursos económicos previstos para el cumplimiento de las actividades sociales serán:
- Las cuotas, ordinarias o extraordinarias que apruebe la Asamblea General.
- Los ingresos que obtenga mediante actividades lícitas que acuerde realizar la Junta Directiva, siempre dentro de los fines estatutarios.
- Los productos de los bienes y derechos que le correspondan, así como las subvenciones, legados y donaciones que puedan recibir.
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